DEFINICIÓN:
-JUICIOS ENUNCIATIVOS son los que rigen fenómenos físicos o naturales y quedan comprendidos en el campo de lo que tiene que ser o de lo que es, y estos pueden ser verdaderos o falsos.
Leyes físicas o naturales es que deben de cumplir con alguna norma que se pueda comprobar, ejemplo: la ley de la gravedad, son leyes NATURALES.
-JUICIOS NORMATIVOS son los que rigen la conducta de las personas, pertenecen al campo de lo que debe ser, como lo ético y lo moral, y estos pueden ser válidos o inválidos.
Los juicios normativos no se esperan a comprobar como se desarrollan los hechos, si no que se apegan a lo que debió ser, sin necesidad de que se haya observado o se vaya a observar, ejemplo: layes, moral, usos, costumbres.
Recomiendo como bibliografia capitulo 1 De Introduccion al estudio del derecho de Garcia Maynez
ResponderEliminargracias C:
Eliminarcomo descrago el libro. o seria muy amable enviandome a mi correo faroca91@hotmail.com, gracias de antemano.
EliminarMuy buena respuesta
ResponderEliminarmuchas gracias!
ResponderEliminarGracias me quedó todo claro
ResponderEliminarGracias excelente explicación
ResponderEliminarQuisiera saber cual es el origen de los juicios normativo
ResponderEliminarok.
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