domingo, 7 de abril de 2013

TEMA 2: JUICIO NORMATIVO Y ENUNCIATIVO

DEFINICIÓN:
-JUICIOS ENUNCIATIVOS son los que rigen fenómenos físicos o naturales y quedan comprendidos en el campo de lo que tiene que ser o de lo que es, y estos pueden ser verdaderos o falsos.

Leyes físicas o naturales es que deben de cumplir con alguna norma que se pueda comprobar,  ejemplo: la ley de la gravedad, son leyes NATURALES. 


-JUICIOS NORMATIVOS son los que rigen la conducta de las personas, pertenecen al campo de lo que debe ser, como lo ético y lo moral, y estos pueden ser válidos o inválidos.

Los juicios normativos no se esperan a comprobar como se desarrollan los hechos, si no que se apegan a lo que debió ser, sin necesidad de que se haya observado o se vaya a observar, ejemplo: layes, moral, usos, costumbres.     



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